Cómo, cuándo y qué decirle al adulto mayor para que haga su testamento

Cómo, cuándo y qué decirle al adulto mayor para que haga su testamento

La palabra testamento viene del latín “testatio mentis” = testimonio de la voluntad.

Manifestar nuestra voluntad es de suma importancia durante la vida y más aún cuando estamos en la recta final de la misma. La forma adecuada para transmitir dicha voluntad es a través de un testamento. El instrumento jurídico con el cual una persona, con pleno uso de sus facultades mentales, dispone libremente de sus bienes para que estos sean otorgados a las personas (herederos) que se hayan designado en el documento.

 

Cuando no se tiene conocimiento de si nuestros adultos mayores tienen un testamento realizado previamente, resulta importante preguntar sobre esta cuestión. Sin embargo no siempre se tiene una idea muy clara de cómo abordar el tema sin herir susceptibilidades. “No vaya ser que piense que quiero que muera pronto” o “pensará que soy un interesado”. Estas pueden ser algunas de las interrogantes que invaden nuestra mente al momento de querer hablar sobre el tema. Lo mejor es abordar el tema del “testamento” con total naturalidad y hacerle saber de la importancia y los beneficios que representa realizarlo si es que aún no se tiene.

 

La ley reconoce la existencia de varios tipos de testamento, los dos siguientes son los más comunes:

Testamento Público Abierto

El más aconsejable, se realiza ante un Notario Público, al que se le expresa nuestra voluntad, éste a su vez nos asesorará, una vez aceptados los términos de su redacción se procede a la firma de dicho documento para darle carácter legal.

Testamento Ológrafo

Qué es el escrito por entero de puño y letra del testador, deberá de cubrir ciertos requisitos y formalidades, como huellas impresas en cada hoja que lo compongan, así como día, mes y año en que se otorgó, a esta modalidad se recurre cuando resulta imposible acudir ante un Notario Público.

 

Beneficios de otorgar/realizar un testamento:

– Contiene la voluntad expresa del testador y es él, y sólo él. Quien por medio de éste documento decide el destino de su patrimonio de manera segura y eficaz, beneficiando a las personas que considere idóneas.

– Es una opción sencilla, económica e inmediata de distribuir los bienes adquiridos a lo largo de la vida.

-Es un acto de amor, porque significa que se preocupó y pensó en sus seres queridos en vida.

– No dejar en manos de terceros la designación de los herederos. Se asegura de que los suyos reciban su mayor legado cuando usted ya no esté.

– Ofrece seguridad jurídica tanto al testado como a los herederos.

– Puede servir como refuerzo a su posición financiera y asegura jurídicamente que se realice una transmisión ágil y eficaz del patrimonio.

– Evita conflictos y discusiones innecesarias entre padres e hijos/hermanos. Así como desavenencias entre familiares en segundo y tercer grado que se sientan con derecho a recibir parte de la herencia, ya que la ley dispone que debe respetarse la voluntad del testado

 

¿Qué pasa si no se hace un testamento?

Morir intestado, puede provocar que la familia enfrente gastos mayores y pérdidas de tiempo. En muchas ocasiones se generan conflictos intrafamiliares devastadores entre aquellos que consideren tener derecho a recibir los bienes. Además de que dichos bienes no pasaran de manera inmediata a las personas que se hubiera querido

Es importante recordar que realizar un testamento no anticipa el momento de nuestra muerte, tenemos que borrar esa idea de nuestra mente, más bien es una sencilla medida de previsión para que se cumpla nuestra voluntad cuando faltemos, protegiendo así el patrimonio acumulado durante nuestra vida.

Dejando todo en orden

Tenemos que plantearnos la posibilidad de que puede suceder algún evento inesperado y no se tenga ya el tiempo suficiente para realizar un testamento. Algún accidente o enfermedad que imposibilite realizar el testamento en plenitud de las facultades mentales. Tiene que realizarse lo más pronto posible aún cuando se goce de buena salud. Una vez realizado el testamento éste puede ser modificado en cualquier momento. Informar a la familia donde se guardará dicho documento para que pueda ser localizado cuando sea necesario, es fundamental.

 

Hablar sobre la muerte todavía resulta un tabú. Nos incomoda abordar el tema, como si al hacerlo estuviésemos firmando nuestra sentencia de muerte. Pero la realidad es que todos nos iremos en algún momento. Podemos irnos de esta vida de dos formas: La primera es dejando nuestra voluntad expresa de qué hacer con nuestros restos, nuestras cosas y/o patrimonio. La segunda es dejando problemas de quiénes y qué hacer con nuestros restos, nuestras cosas y/o patrimonio.

 

Y usted, cuándo se vaya a ir…¿cómo se piensa ir?
 

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Escrito por: María Luisa Santana, Psicóloga Clínica

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